En agosto pasado llegó a su fin el proceso electoral federal por el que se renovó la Cámara de Diputados. Como ha ocurrido cada vez con mayor nitidez, en esta elección la justicia electoral jugó un papel importante. Diversas razones explican ese interés creciente por la actuación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Primero, se trató de la primera prueba a nivel federal de la reforma electoral constitucional de 2007 y 2008. Ello requirió de nuevos criterios interpretativos por parte del Tribunal Electoral para brindar certeza a los actores políticos. En temas novedosos como el modelo de propaganda política o las precampañas, las sentencias del Tribunal fueron precisando conceptos y con ello, imprimiendo claridad al proceso electoral.
Segundo, como consecuencia de la propia reforma electoral, fue sometido a prueba el nuevo modelo de Sala Regional permanente. Si bien estas sedes funcionaban durante los procesos federales en las circunscripciones electorales, en esta ocasión lo hicieron con nuevas competencias y desde la base de un nuevo modelo operativo.
Tercero, el proceso electoral federal fue una nueva ocasión para ver cristalizadas tendencias que se han venido registrando a lo largo de más de una década. Una ciudadanía que cada vez con mayor soltura acude a la justicia electoral para demandar garantías para sus derechos político-electorales cuando considera que han sido violados; actores políticos que privilegian las decisiones jurisdiccionales por encima de la movilización, y una creciente competitividad en los distritos electorales del país fueron el marco que delineó el proceso electoral reciente.
Conviene precisar que el TEPJF no sólo resuelve asuntos de índole federal. A diferencia de lo que ha registrado el imaginario común, los medios de impugnación derivados de elecciones federales no representan siquiera la parte más significativa del caudal de asuntos que se resuelven cotidianamente. De los más de 9 mil asuntos recibidos entre octubre de 2008 y agosto de 2009, 20% derivó del proceso federal, el resto provino de elecciones locales. A fin de contextualizar la actuación del Tribunal Electoral en la elección intermedia, a continuación se presentan algunos aspectos cuantitativos de interés en las distintas etapas.
Registro de electores
El Tribunal Electoral recibió 400 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano contra la negativa de la expedición o entrega de la credencial para votar con fotografía, así como 117 en contra de la rectificación, negativa de inclusión o exclusión de la lista nominal de electores.
Proceso de selección interna de candidatos
Método de selección
Los procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección popular son determinados por los respectivos estatutos de cada uno de los partidos políticos. Las decisiones adoptadas por los órganos competentes de cada partido podrán ser recurridas por los aspirantes o precandidatos ante el Tribunal Electoral, una vez agotados los procedimientos internos de justicia partidaria.
El Tribunal recibió 194 medios de impugnación a los procedimientos de selección interna de candidatos a diputados federales de diversos partidos políticos. El 92% corresponde a juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (178 asuntos).
Precampañas
Por vez primera, la reforma electoral reguló los actos que los precandidatos de los partidos políticos realizan cuando se dirigen a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general para obtener su respaldo y ser postulados como candidatos a un cargo de elección popular.
De los 77 medios en la etapa de precampañas, el principal tema de disputa fue el rebase de tope de gastos (40%), seguido de la realización de actos anticipados de precampaña (32 por ciento).
Registro de candidatos
En abril se llevó a cabo el registro de candidatos a diputados federales por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional. Respecto a dicho registro se recibieron 64 medios de impugnación, de los cuales 33 (51.5%) fueron presentados por los precandidatos en su calidad de ciudadanos y 25 (39%) fueron interpuestos por los partidos políticos.
Fueron impugnados más registros de candidatos por el principio de mayoría relativa (59%) que por el de representación proporcional (33%). En 8% de los casos se impugnó el registro de candidatos por ambos principios.
La mayor parte de las impugnaciones fueron infundadas (34%) o desechadas (41%). Solamente 8 de los 64 asuntos (12.5%) se resolvieron como fundados total o parcialmente.
Campañas electorales
Una vez registrados los candidatos, éstos llevaron a cabo diversas actividades proselitistas para promover sus plataformas ante el electorado. Se recibieron 212 medios de impugnación relacionados con la etapa de las campañas electorales. El 40% de éstos denunciaba propaganda en medios electrónicos, 28% propaganda en equipamiento urbano y 19% denunciaba el rebase de topes de campaña. El 85% de las demandas por propaganda en medios electrónicos denunciaba actos en radio y televisión, mientras que 15% restante se refería a internet.
Jornada electoral y cómputos
A través del juicio de inconformidad los partidos políticos o coaliciones pudieron impugnar los resultados asentados en las actas de cómputo distrital y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez, sea por la nulidad de la votación emitida en una o varias casillas, por errores en el propio cómputo, por inelegibilidad de los candidatos, o por actualizarse alguna causa de nulidad de la elección.
Las sentencias de fondo dictadas por las salas regionales al resolver las inconformidades, así como las asignaciones de diputados por el principio de representación proporcional que realiza el Consejo General del Instituto Federal Electoral pudieron ser impugnadas ante la Sala Superior a través del recurso de reconsideración.
En la elección que se analiza, las salas regionales recibieron 85 juicios de inconformidad y la Sala Superior 37 recursos de reconsideración.
Juicios de inconformidad
Se impugnaron los resultados en 66 de los 300 distritos electorales en los que se divide el territorio nacional (22%). Diez entidades no tuvieron distritos impugnados: Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Colima, Morelos, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí, Tlaxcala y Yucatán.
La mayoría de los juicios fueron considerados infundados o improcedentes. En 39% de los asuntos se consideró fundado algún agravio expuesto por el actor. En el caso del distrito 3 de Veracruz, se revocó la constancia de mayoría como consecuencia de la declaración de la nulidad de la votación recibida en cinco casillas y la correspondiente modificación del cómputo distrital.
Recursos de reconsideración
Se recibieron 38 recursos de reconsideración en la Sala Superior. Es decir, un 43% del total de los juicios de inconformidad recibidos.
Al resolver estos recursos, la Sala Superior entró al estudio de fondo en 33, de los cuales en 30 confirmó la sentencia emitida por la respectiva Sala Regional; dos fueron parcialmente fundados, y sólo consideró fundado el ya citado distrito 3 de Veracruz, por lo que se modificó la sentencia de la Sala Regional. Finalmente, cinco recursos se desecharon por actualizarse alguna causa de improcedencia.
Consideraciones finales
El proceso electoral federal intermedio y las elecciones locales concurrentes pusieron de manifiesto la transformación significativa que la justicia electoral federal ha experimentado en los últimos años. Hoy se tiene un Tribunal Electoral conocido por la opinión pública y respetado por los actores políticos, quienes recurren al Tribunal porque confían en que sus decisiones serán tomadas conforme a derecho y que 100% de sus resoluciones serán cumplidas.
Las tendencias recientes ilustran esta transformación. El ámbito local ha ganado terreno, de manera que, incluso en años de elección federal, el ámbito local ocupa 80% del caudal de asuntos a resolver. En el plano de los juicios ciudadanos, hoy son los miembros de los partidos políticos los que más impugnan, lo que denota una militancia cada vez más activa.
Pero posiblemente, el rasgo más distintivo es que se ha incrementado el acceso a la justicia electoral. A sólo nueve meses de iniciado 2009 se han recibido ya 15 323 asuntos, es decir, diez veces más que en 2003, el anterior año de elección intermedia.
María del Carmen Alanís Figueroa
Magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
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