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Decálogo para el buen comportamiento económico del Gobierno (novena parte)
Escritos De Frontera | Este País | Arturo Damm Arnal | 01.07.2013 | 0 Comentarios

Dentro de la serie que viene dedicando al análisis del rol del Gobierno en la economía de un país, el autor explica por qué, desde su punto de vista, las autoridades no deben fijar precios, sino permitir que estos encuentren sus propios equilibrios.

©iStockphoto.com/MarkM73

I.

El octavo mandamiento del Decálogo para el buen comportamiento económico del Gobierno es este: “Reconocerás como un error grave la manipulación de precios, cualesquiera que estos sean, motivo por el cual la evitarás. Esta práctica, desafortunadamente, sigue vigente, sobre todo cuando —debido a las condiciones del mercado (por ejemplo: escasez de algún producto)— debería de evitarse a toda costa, y ello con un solo fin: que los precios puedan cumplir sus tareas, para lo cual se requiere que se muevan libremente, sin ninguna manipulación gubernamental, manipulación que podrá estar motivada por la mejor de las intenciones, pero que al final de cuentas genera más y mayores problemas de los que pretendía solucionar”.

Para entender lo anterior, hay que tener claro qué son los precios, qué tareas desempeñan y qué se requiere para que las desempeñen de la mejor manera posible.

II.

Un precio es una razón de cambio —tanto de esto por tanto de aquello: un intercambio no supone esto por aquello, sino tanto de esto por tanto de aquello— y es lo que hace posible la compra-venta y el aumento en el nivel de bienestar de los agentes económicos que intercambian. Si el oferente y el demandante no llegan a un acuerdo sobre el precio, lo que sucede cuando el precio máximo al que el comprador está dispuesto a comprar es menor que el precio mínimo al que el vendedor está dispuesto a vender, entonces no habrá compra-venta: el precio es lo que hace posible el intercambio. Es por ello que es una razón de cambio (tanto de x por tanto de y) y, si bien está relacionado, por un lado, con el costo de producción de la mercancía —que determina el precio mínimo al que al oferente le conviene vender para no incurrir en pérdidas— y, por el otro, con el valor de la mercancía —que depende de la valoración del consumidor y que, junto con el poder de compra de este último, determina el precio máximo al que el consumidor está dispuesto a comprar—, no se identifica con estos factores: una cosa es el costo de producción de la mercancía, otra su valor y otra más su precio; confundir este con aquellos es un error que debe evitarse.

Si el oferente y el demandante no llegan a un acuerdo sobre el precio, entonces no habrá intercambio y no se producirá el efecto de este, que es el aumento en el nivel de bienestar de las partes involucradas en la compra-venta, aumento debido a que cada una de ellas valora más lo que recibe que lo que da a cambio, de tal manera que, habiendo intercambiado, cada una de ellas posee bienes y/o servicios que valora más, lo cual es consecuencia del intercambio, que es posible gracias a los precios.

III.

Las tareas de los precios son: (1) hacer posible el intercambio, así como el aumento en el nivel de bienestar que toda compra-venta trae consigo para las partes que participan; (2) racionar el mercado, es decir, solucionar cualquier situación de escasez o sobreoferta; (3) reflejar la apreciación del consumidor; (4) reflejar la competitividad del oferente; (5) proporcionar, a oferentes y demandantes, la información relevante para decir qué hacer con el fin de maximizar utilidades (en la producción, en el caso del oferente; en el consumo, en el caso del demandante).

La primera tarea de los precios —hacer posible el intercambio— ya fue analizada en el apartado anterior, y no hay que añadir nada más.

La segunda tarea —racionar el mercado— la cumplen los precios moviéndose según la relación entre la oferta y la demanda. Ante la escasez, los precios suben, y ello tiene las siguientes consecuencias: (1) menos demanda, ya que (según la ley de la demanda), ceteris paribus, a mayor precio menor cantidad demandada; (2) más oferta, ya que (según la ley de la oferta), ceteris paribus, a mayor precio mayor cantidad ofrecida, y esa combinación, menos demanda y más oferta, es la que soluciona el problema de la escasez. Ante la sobreoferta, los precios bajan, y ello tiene las siguientes consecuencias: (1) menos oferta, ya que (según la ley de la oferta), ceteris paribus, a menor precio menor cantidad ofrecida; (2) más demanda, ya que (según la ley de la demanda), ceteris paribus, a menor precio mayor cantidad demandada, y esa combinación, menos oferta y más demanda, es la que soluciona el problema de la sobreoferta.

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La tercera tarea que desempeñan los precios es reflejar la apreciación del consumidor, la cual se forma de dos elementos: la valoración (el querer) y el poder (de compra) del consumidor, de tal manera que el precio que un consumidor está dispuesto a pagar por una determinada mercancía depende (1) de que la valore (y la valorará en la medida en la que satisfaga alguna necesidad, gusto, deseo o capricho) y (2) de que tenga el dinero suficiente para poder pagar su precio —el precio pagado por el consumidor refleja la apreciación de este, dato importante para que el oferente decida correctamente qué producir.

La cuarta tarea de los precios es reflejar la competitividad del oferente, definida como la capacidad, en materia de precios, de hacerlo mejor que la competencia, competitividad que depende de la productividad del oferente, definida como la capacidad para hacer más con menos (reducir el costo de producción): si el oferente reduce su costo de producción (aumenta su productividad), puede reducir el precio al que ofrece su mercancía (incrementa su competitividad), sin incurrir o en menos ganancias, o en pérdidas; esta reducción del precio refleja la competitividad del oferente, información importante para que el consumidor decida acertadamente a quién comprarle.

La quinta tarea de los precios, consecuencia de las dos tareas anteriores, es la de proporcionar, a oferentes y demandantes, la información relevante para decir qué hacer: qué producir, en el caso de los oferentes; a quién comprarle, en el caso de los demandantes. De la respuesta correcta a estas cuestiones —qué producir y a quién comprarle— depende el que se haga el mejor uso posible de los recursos, que, por ser escasos (no alcanzan ni para producirlo todo, ni para consumirlo todo) y de uso alternativo (se pueden usar para producir esto o aquello, o para consumir esto o lo otro), deben emplearse de la mejor manera posible, es decir de aquella forma que reporte la mayor utilidad posible (tanto por el lado de la producción, como por el del consumo).

IV.

¿Qué se requiere para que los precios desempeñen correctamente sus tareas? Que se muevan libremente, para lo cual el Gobierno debe abstenerse de manipularlos, reconociendo que dichos movimientos, más que el problema, son la solución a un problema. Pongo de ejemplo la escasez. ¿Cómo se resuelve una situación de escasez? Reduciendo la cantidad demandada y/o aumentando la cantidad ofrecida. ¿De qué manera se logra esa combinación? Con un aumento en el precio, cuyo efecto inmediato (dada la ley de la demanda: ceteris paribus, a mayor precio menor cantidad demandada) es la reducción de la cantidad demandada, y cuya consecuencia mediata1 (dada la ley de la oferta: ceteris paribus, a mayor precio mayor cantidad ofrecida) es el aumento en la cantidad ofrecida, combinación con la cual se resuelve el problema de la escasez, consecuencia del aumento en el precio, que es la solución al problema, no el problema. ¿Qué sucede si, con la intención de “defender” al consumidor del alza en el precio, el Gobierno la prohíbe? Lo que sucede es que se mantiene la situación de escasez, la cual da como resultado que solo una parte de los consumidores, dispuestos a comprar a ese precio, conseguirán la mercancías en cuestión, mientras que el resto, dada la escasez, no podrá hacerlo. Este es momento de recordar que no hay nada más caro que aquello que se necesita y no se consigue.

V.

La manipulación gubernamental de precios (que en el caso de México tiene, ¡aunque usted no lo crea!, rango constitucional, ya que el artículo 28 de la Carta Magna dice que “las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular […]”) es consecuencia o de la ignorancia —quienes la proponen no saben qué es un precio, qué tareas desempeña y qué se necesita para que las desempeñe correctamente— o de la soberbia —aun sabiendo qué es un precio, qué tareas desempeña y qué se necesita para que las desempeñe correctamente, la proponen—, altanería y desconocimiento que son los peores consejeros en materia de políticas económicas.

En este, como en muchos otros temas, hay que ir más allá de las fronteras. EstePaís

____________________________________________

1 El aumento en el precio debido a una situación de escasez tiene el efecto inmediato de reducir la cantidad demanda, y la consecuencia mediata (tarda más) de aumentar la cantidad ofrecida, ya que para esto último hay que producir más, lo cual lleva más tiempo que consumir menos. Aumentar la oferta siempre resulta más difícil que reducir la demanda.

ARTURO DAMM ARNAL es economista, filósofo y profesor de Economía y Teoría Económica del Derecho en la Universidad Panamericana.
([email protected]; Twitter: @ArturoDammArnal)

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