Basta asomarse a algunos ámbitos de la vida nacional para comprobar cuán notorias y preocupantes son las violaciones a los derechos humanos en México. La reforma constitucional en la materia es importante, pero falta convertirla en realidad a través del trabajo de funcionarios públicos, jueces, organizaciones sociales y académicos.
Introducción
El tema de los derechos humanos ha tenido una presencia permanente en el debate público nacional. No es para menos. Hoy en día, el respeto que se les brinda supone el parámetro desde el cual se suele evaluar la legitimidad con que se ejerce el poder público. Además, su garantía efectiva nos permite vislumbrar el nivel de vida que se tiene en un determinado país.
Vivimos, sin duda alguna, en un mundo global. Pero la globalización no puede significar solamente libertad para que a través de las fronteras viajen las mercancías, las divisas y las señales de televisión. Debe suponer también y sobre todo, respeto y tutela de los derechos humanos.
La universalización de los derechos humanos es un fenómeno que cobra cada día más importancia; nadie podría negar que tales derechos determinan aspectos fundamentales de la vida cotidiana. Por ejemplo, de ellos depende en gran medida la estabilidad necesaria para la gobernabilidad democrática. Los alcances de gran parte de las relaciones sociales, económicas y políticas que se presentan en el plano mundial, se califican de acuerdo con su vigencia, validez y positividad. En consecuencia, podemos decir —en palabras de Norberto Bobbio— que se han convertido en un “signo de los tiempos”: no cabe duda que, en nuestros días, la modernidad los reclama inexcusablemente como su signo distintivo.1
En México hay una clara conciencia de lo anterior, si bien es cierto que todavía nos falta mucho por avanzar en el terreno del respeto que les es debido, de modo que sean universalmente ejercidos y respetados.
Nuestro país no ha sido ajeno al fenómeno de la globalización del discurso alrededor de los derechos humanos. Prueba de ello es la importante reforma a la Constitución mexicana publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011,2 la cual provee un marco de reflexión ideal para defender una vez más que una globalización sin respeto compartido de los derechos humanos tiene escaso valor.3
La reforma constitucional es ciertamente original pues parece nadar en contra de la intuición y de la práctica histórica según la cual México había estado totalmente cerrado a cualquier tipo de influencia exterior. Como a todo régimen autoritario, durante décadas a los gobiernos mexicanos les molestaba profundamente que vinieran observadores o funcionarios internacionales a señalar los enormes problemas que teníamos (y en alguna medida, seguimos teniendo) en materia de derechos humanos. Era lamentable ver las excusas que se ponían, siempre vinculadas con una comprensión distorsionada de lo que es la soberanía nacional.
Afortunadamente, el avance en la transición democrática y la apertura de las fronteras de México han traído vientos renovados, tal como lo ha plasmado la reforma constitucional de junio de 2011. Si bien su carácter es eminentemente positivo, debemos reconocer que es solamente un primer paso dentro de lo mucho que hay que hacer para transformar una realidad en la que se violan diariamente los derechos humanos. Veamos algunos de los puntos más críticos en esta materia.
Los campos de batalla de los derechos humanos en la actualidad
Hacer una descripción pormenorizada de todos los ámbitos en los que son cotidianamente violados los derechos humanos en México nos llevaría muchísimas páginas. Creo, sin embargo, que debemos ser especialmente acuciosos en los siguientes cuatro ámbitos de la realidad, los cuales ya tienen encendidas todas las alarmas por la gravedad de las violaciones y su persistencia.
Lucha contra la delincuencia
Un primer sector delicado es el que se refiere a la lucha contra la delincuencia. Las comisiones de derechos humanos han documentado puntualmente el aumento de la tortura, la presencia de ejecuciones extrajudiciales, y desapariciones forzadas y allanamientos sin órdenes judiciales por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, tanto civiles como militares.4 Todo eso supone un escenario de violación masiva de derechos.
Entre 2003 y 2006, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió 691 denuncias de violaciones de derechos humanos cometidas por soldados contra civiles, cifra que aumentó a 4 mil 803 en el periodo comprendido entre 2007 y 2010. Y mientras que entre 2003 y 2006 la cndh emitió 5 recomendaciones en las cuales concluía que autoridades federales habían cometido torturas, en el periodo de 2007 a 2010 formuló 25 recomendaciones de este tipo.5 (Ver Mapa 1.)
En su último informe sobre la situación de violencia e inseguridad en México, la ONG Human Rights Watch encontró evidencias que sugieren fuertemente que miembros de las fuerzas de seguridad habrían participado en más de 170 casos de tortura, 39 desapariciones y 24 ejecuciones extrajudiciales desde diciembre de 2006 hasta mediados de 2011.6
Prestación de los servicios de salud
También han sido las comisiones de derechos humanos las que han acreditado con todo rigor las malas prácticas médicas, la insuficiencia de infraestructura hospitalaria, la precariedad con que se atiende a los pacientes, la falta de capacitación del personal sanitario, etcétera.7 El Estado mexicano no ha sido ni está siendo capaz de prestar la atención debida en materia de derecho a la salud, lo que genera importantes violaciones de derechos humanos para millones de mexicanos.8 (Ver Mapa 2.)
Derechos de los migrantes
Las personas que provienen de otros países y se internan en territorio nacional sufren indecibles violaciones de derechos humanos.9 Debería ser un motivo de vergüenza nacional que no podamos asegurar ni mínimamente los derechos de las personas migrantes que están en México, cuando hemos reclamado durante décadas al gobierno de Estados Unidos que respete los de los mexicanos que han cruzado la frontera Norte. Se trata de un caso de doble moral que debería llamarnos la atención y ser reparado a la brevedad, generando condiciones de respeto y protección para todos los migrantes.
Debido a esta situación, una Delegación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos visitó en 2011 cuatro estados de la llamada “ruta del migrante” (Oaxaca, Chiapas, Veracruz y Tamaulipas), territorio donde miles de indocumentados luchan por llegar a Estados Unidos. Se calcula que unas 400 mil personas transitan por suelo mexicano anualmente. De ellas, según cálculos de diversos organismos, incluida la CNDH, hasta 20 mil serían víctimas de secuestro por bandas criminales, particularmente Los Zetas.10 (Ver Mapa 3.)
Por su parte, la CNDH emitió en febrero de 2011 el Informe Especial sobre secuestro de migrantes en México, texto que documenta a profundidad los peligros y amenazas a que se enfrentan tanto extranjeros como ciudadanos mexicanos que intentan cruzar la frontera Norte. Desafortunadamente, entre éstas se encuentra la omisión de la acción estatal; de acuerdo con la Comisión, desde los primeros diagnósticos formales presentados ante el gobierno federal, en ningún orden de gobierno se han concretado medidas para salvaguardar la integridad de los migrantes.11
Derechos humanos dentro de los espacios de reclusión
Finalmente, de entre lo mucho que podría decirse, debe señalarse que nuestras cárceles son máquinas trituradoras de la dignidad humana. Dentro de sus muros rige la ley de la selva. Algunos autores como Guillermo Zepeda Lecuona han denunciado lo que puede calificarse sin exageración como el “genocidio carcelario”, dada la altísima prevalencia de homicidios, suicidios y transmisión de enfermedades dentro de nuestros reclusorios. Cabe preguntarse sobre las posibilidades del Estado mexicano de construir un Estado de derecho para todos los ciudadanos, cuando ni siquiera puede hacerlo dentro de los muros de las cárceles.12 (Ver Gráfica.)
Conclusión
Los derechos humanos son el parámetro de valoración para poder saber si estamos avanzando, estamos estancados o estamos retrocediendo en el respeto a los valores más importantes del ser humano, los cuales son compartidos por todas las personas con independencia de su lugar de nacimiento, raza, religión, preferencias sexuales, ideología, etcétera. En ello radica la importancia de la lucha que entre todos debemos dar para hacer realidad su disfrute universal.
En esa misma línea se ubica la importante reforma constitucional de junio de 2011. De algún modo, con ella se logró diluir, en el campo de los derechos, las fronteras de la política interna que había retrasado tanto la evolución del sistema jurídico mexicano, y se consiguió transformar el proceso de toma de decisiones políticas, cambiando el contexto institucional a través de la modificación del marco jurídico.
Ahora, como siempre sucede en el constitucionalismo de América Latina, una vez que la reforma ha sido aprobada y publicada, falta la parte más difícil: convertirla en realidad a través de la tarea dedicada y comprometida de funcionarios públicos, jueces, organizaciones sociales y académicos. Ése será nuestro gran reto en los años por venir.
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1 Norberto Bobbio, L’etá dei diritti, Turín, Einaudi, 1997.
2 Sobre su contenido, Miguel Carbonell y Pedro Salazar (coord.), La reforma constitucional de derechos humanos: un nuevo paradigma, México, IIJ-UNAM, 2011.
3 Cada vez parece más claro que a la internacionalización de los inversores y de los grandes propietarios debe corresponder una globalización de derechos para la gran mayoría de los seres humanos: la mundialización de la lógica económica del beneficio privado debe estar acompañada por la internacionalización de la lógica política de la satisfacción de necesidades básicas y la extensión de garantías de libertad e igualdad. En este sentido véase Gerardo Pisarello, “Globalización, constitucionalismo y derechos: las vías del cosmopolitismo jurídico” en Miguel Carbonell y Rodolfo Vázquez (comp.), Estado constitucional y globalización, 2ª edición, México, Porrúa-UNAM, 2003, pp. 244-245.
4 Por ejemplo, el tema de los cateos ilegales es tan grave y extendido que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha emitido una recomendación general (la número 19) para advertir sobre el carácter persistente y reiterado de tal violación. Su texto puede consultarse en http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Recomendaciones/Generales/019.pdf.
5 Versión ejecutiva del informe “Ni seguridad, ni derechos”, disponible en http://www.miguelcarbonell.com/artman/uploads/1/Informe_hrw.pdf. El informe completo se encuentra disponible en http://www.hrw.org/es/americas/mexico.
6 Ibídem.
7 Los datos estadísticos que justifican tales afirmaciones pueden verse en la obra Indicadores sobre el derecho a la salud en México, México, INEGI-CNDH-OACNUDH, 2011; una visión desde el ejercicio de la función judicial se encuentra en Fernando Silva García (coord.), Garantismo judicial. Derecho a la salud, México, Porrúa, 2011.
8 Gráfica tomada de http://www.hchr.org.mx/files/doctos/Libros/2011/
indicadores_salud.pdf .
9 En un informe sobre casos de secuestro de migrantes, la CNDH señala que se pudo documentar que en un periodo de seis meses (de abril a septiembre de 2010) se produjeron 214 secuestros de migrantes, los cuales involucraron a 11 mil 333 víctimas. 44% de las personas afectadas por tales secuestros son de origen hondureño, 16% salvadoreños, 11% guatemaltecos, 10% mexicanos y 5% cubanos. La mayor parte de los secuestros de migrantes sucede en el Sureste de México (67%), aunque también se presentaron en la región Norte (29%) y mucho menos en el centro del país (únicamente 2%). Sobra decir que un porcentaje abrumador de tales hechos delictivos quedan en la total impunidad; muchas veces ni siquiera se interponen las denuncias correspondientes, por temor a la colusión que existe entre las autoridades encargadas de la impartición de justicia y las propias bandas de secuestradores.
10 Cfr. “México, un infierno para los migrantes”, disponible en http://www.elpais.com/articulo/internacional/Mexico/infierno/migrantes/elpepuint/20110802elpepuint_12/Tes. Las gráficas presentadas fueron tomadas del documento La crisis de los derechos humanos en la frontera sur de México, disponible en http://www.dplf.org/uploads/1221486169.pdf.
11 La versión electrónica de este documento se encuentra disponible en la página de internet www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Index/InfEspecialSecuestroMigrantes_8.pdf .
12 Según datos suministrados por la CNDH, en las cárceles de 23 entidades federativas no se clasifica adecuadamente a los internos, lo que en la práctica supone que conviven en el mismo espacio homicidas con carteristas, violadores con personas sentenciadas por narcotráfico, estafadores con robacoches y así por el estilo. Eso fomenta la violencia al interior de los penales y genera una atmósfera propicia para el reclutamiento de nuevos miembros de la delincuencia organizada.
En 30% de nuestras cárceles se presentan fenómenos de autogobierno. Esto significa que son los propios internos (y no la autoridad) los que organizan las actividades, ejercen control o violencia sobre los demás, se encargan de las actividades laborales remuneradas, emplean a otros internos para su servicio personal o realizan actos de explotación sexual.
Al respecto, es interesante revisar las calificaciones que las entidades federativas y los diversos centros penitenciarios han obtenido en los sucesivos ejercicios del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, CNDH (2006-2010). Los resultados de todos los años se encuentran disponibles en http://200.33.14.34:1003/principal.asp#.
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MIGUEL CARBONELL es investigador de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y profesor de la Facultad de Derecho de la misma universidad.