En junio de 2002, Este País publicó un ensayo notable de Hernando de Soto, “La capitalización de los pobres y de las clases medias en México”. En él, De Soto describía las dificultades que enfrentan las empresas mexicanas para insertarse en el marco legal. A más de una década de distancia, las ideas centrales de ese texto mantienen su vigencia. Para retomarlas y ampliar la discusión sobre la informalidad en nuestro país, publicamos aquí un extracto del ensayo. De este modo, también, inauguramos una sección dedicada a la revisión de nuestro archivo histórico y a la recuperación de materiales que hoy siguen resultando necesarios. Para descargar el artículo completo, visite <archivo.estepais.com>.
Se consideran empresas extralegales aquellas unidades económicas que, por operar fuera del sistema legal o por no poder acceder a los mecanismos institucionales de la actividad económica, están impedidas de progresar y alcanzar su máxima rentabilidad pues no pueden: (a) acceder a créditos bancarios; (b) ampliar sus mercados para aprovechar diversas economías; (c) acceder a seguros para cubrirse de riesgos; (d) penetrar mercados internacionales a través de exportaciones; (e) acceder a la responsabilidad limitada, controlando riesgos y obligaciones; (f) utilizar contratos seguros y ejecutables, y (g) acceder a mecanismos que resuelvan eficientemente conflictos comerciales.
En suma, las empresas extralegales se caracterizan por no poder realizar del todo, o realizar eficientemente, diversas iniciativas empresariales imprescindibles para capitalizar sus activos y progresar.
El primer paso hacia la capitalización de activos es la legalización de la operación económica, y la información estadística y la experiencia indican que la mayoría de las empresas mexicanas opera extralegalmente. La información preliminar indica que un número apreciable de empresas medianas mexicanas enfrentan dificultades significativas y costos excesivos cuando intentan utilizar los deficientes mecanismos institucionales que debieran facilitar la actividad económica y promover incrementos de productividad, capacidad de producción e índices de rentabilidad.
Como resultado de ello, esas empresas medianas se han resignado a no intentar acceder a las ventajas que les debiera, aparentemente, ofrecer su condición de legalidad. En consecuencia, estas empresas medianas, aunque operan legalmente, deben ser también clasificadas como extralegales, pues no tienen exceso a mecanismos institucionales que les permitan capitalizar sus activos.
Una reforma institucional que, desde la perspectiva de las pequeñas empresas, hace más rentable la operación económica legal que la operación extralegal (porque incrementa en mayor proporción los ingresos brutos que los costos, ocasionando un incremento en los ingresos netos) es una reforma institucional eficiente y efectiva, pues elimina los incentivos para seguir operando extralegalmente. Esta reforma será atractiva para las pequeñas empresas. También lo será para empresas medianas pues estas podrán empezar, casi inmediatamente, a utilizar los mecanismos institucionales de la actividad económica, debido a la mayor disponibilidad de recursos y los contactos que poseen.
La fuerza que obliga a la mayoría de los mexicanos a realizar sus transacciones y a mantener sus principales bienes (vivienda y empresas) fuera del marco de la ley no es la de su cultura, sino la de su sistema legal. Este último no les permite utilizar como capital la enorme cantidad de riqueza acumulada por los más pobres. Los activos acumulados con gran esfuerzo por la mayoría de los ciudadanos tienen un uso limitado al mundo físico pues no sirven para garantizar préstamos, generar inversión, apalancar negocios y prestar seguridad a un sinnúmero de funciones comerciales modernas. Son capital muerto.
Este no es un problema técnico. No interesa cuántas computadoras nuevas se instalen para registrar activos y transacciones, ni cuántos mapeos se realicen, ni cuántas regularizaciones masivas se lleven a cabo. Los pobres no podrán capitalizarse si no pueden usar el derecho para combinar activos, establecer contratos sólidos y limitar pérdidas. No tendrán la oportunidad de crear riqueza sustantiva mientras la realidad de sus mercados y negocios esté en conflicto con lo escrito en la ley y en los registros.
Por eso, antes que dar una solución técnica o burocrática al problema, es preciso reformar el sistema legal. Este se ha vuelto tan hostil a los pobres que hasta los ciudadanos cuyos predios y negocios ya han sido regularizados en una primera instancia se ven empujados a regresar a la extralegalidad y trabajar en la sombra, pues los costos de operar legalmente son muy onerosos. El resultado de todo esto es que los mexicanos están sobrecapitalizados, porque sus dueños no pueden acudir a sus activos y a su buena reputación para generar nueva riqueza, pues esos activos son capital muerto.
La capitalización de los mexicanos es un problema de orden fundamentalmente político, pues para resolverlo hay que formar los consensos necesarios que modifiquen un sistema legal cuyos beneficios no llegan a cuatro de cada cinco mexicanos. Se trata de emancipar a los pobres de un sistema institucional que los discrimina. Esto es una responsabilidad política.
La experiencia histórica muestra que transformar un sistema legal, de modo que pueda integrar a su seno el derecho espontáneo extralegal que rige las transacciones de la mayor parte de sus ciudadanos, requiere del liderazgo y la intervención del jefe de Estado. Es solamente al más alto nivel de gobierno que se obtiene la perspectiva necesaria para apreciar a cabalidad todos los beneficios de capitalizar a los pobres y calibrar el impacto que representarán dichas reformas. Y es solo en esa instancia que se puede encender la chispa que pondrá en marcha el proceso que romperá la inercia patrimonialista y mercantilista, para así construir la reforma.
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HERNANDO DE SOTO es un economista peruano reconocido a nivel internacional. Ha sido incluido en las listas de los hombres más influyentes del mundo de las revistas Time y Forbes.